Sala de Sesiones. Imagen con fines ilustrativos.
El Tribunal Supremo de Elecciones, informó de diligencias para la cancelación de credenciales contra dos concejales del Concejo Municipal de Paquera. Así fue publicado en la Gaceta 186, del pasado viernes 02 de octubre 2026.
RESOLUCIONES
Tribunal Supremo de Elecciones.—San José a las catorce horas treinta minutos del dieciséis de setiembre de dos mil veintiséis. Exp.231-2026.
Diligencias de cancelación de credenciales contra los señores Alexander Siles Paniagua y Wilberth López Gutiérrez, concejales suplentes del Concejo Municipal de Distrito de Paquera, cantón Puntarenas, provincia Puntarenas, por supuestas ausencias injustificadas.
Debido a que, según lo acredita la Oficina de Correos de Costa Rica (folios 69 y 70), resultó imposible localizar a los señores Alexander Siles Paniagua y Wilberth López Gutiérrez, concejales suplentes del Concejo Municipal de Distrito de Paquera, cantón Puntarenas, provincia Puntarenas, y que, en los términos establecidos en los artículos 224 y 258 del Código Electoral, en relación con los numerales 19 y 21 de la Ley de Notificaciones, no se notificó el auto de las 10:10 horas del 31 de julio de 2026 en la dirección que se tiene registrada en el Departamento Electoral del Registro Civil, se ordena, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 inciso d) del Código Electoral, notificar esa actuación jurisdiccional mediante edicto en La Gaceta; auto que literalmente expresa:
“Vistos: a) el oficio N° CMDP-SM-OF-18-2026 del 18 de junio de 2026, recibido en la Secretaría del Despacho el día siguiente, por intermedio del cual la señora Ayerin Villalobos Vásquez, Secretaria del Concejo Municipal de Distrito de Paquera, informa que ese órgano, en la sesión ordinaria N° 169-2026 del 10 de junio de 2026, dispuso solicitar a esta Autoridad Electoral la cancelación de la credencial de los señores Alexander Siles Paniagua y Wilberth López Gutiérrez, concejales suplentes, por presuntas ausencias injustificadas y remitió certificación de las fechas en que se había presentado la ausencia a sesiones (folios 2 y 15); y, b) correo electrónico del 27 de julio de 2026, por intermedio del cual la señora Villalobos Vásquez completó la información sobre las sesiones en que habrían estado ausentes los señores Siles Paniagua y López Gutiérrez (folios 61 a 63);
se resuelve: De conformidad con lo que establece el artículo 258 del Código Electoral se confiere audiencia a los señores Alexander Siles Paniagua y Wilberth López Gutiérrez, concejales suplentes del Concejo de Distrito de Paquera por el término de ocho días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a aquel en que se practique la notificación de esta resolución, a efecto de que justifiquen sus ausencias o bien manifiesten lo que consideren más conveniente a sus intereses, dado que desde el 04 de febrero de 2026 habrían dejado de asistir a las sesiones municipales, con lo cual, tendrían más de dos meses de ausencias, según el cómputo que se hace para este tipo de casos (ese lapso, según lo ha precisado la jurisprudencia electoral, debe computarse según la regularidad de las sesiones del órgano local y no con base en las fechas calendario, resolución N° 3098-M-2017).
Se informa a los citados funcionarios que, en caso de no contestar la presente audiencia, se entenderá que no existe oposición al proceso de cancelación y, en ese tanto, se pasará a resolver el asunto por el fondo, sin posibilidad de recurso posterior alguno. Asimismo, se les hace saber que deberán señalar casa u oficina dentro del perímetro judicial de San José, número de fax o correo electrónico para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que quedarán notificadas todas resoluciones posteriores con el solo transcurso de 24 horas después de dictadas.”
Proceda la Secretaría a diligenciar lo correspondiente. Notifíquese, además al Concejo Municipal de Distrito de Paquera.
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