Cantón de Garabito, Puntarenas

Garabito, Puntarenas, 23 de julio del 2021. El Juzgado Penal del cantón de Garabito (Puntarenas) ordenó detener cualquier obra, relleno, secado, cultivo, drenaje o apertura de calle en un humedal para evitar el deterioro de la zona mediante la protección de los recursos naturales.

 

En el veredicto el Juez de Penal de Garabito, Luis Miguel Mora, sentenció en la causa penal número 19-000044-0611-PE, seguida en contra de Ignorado por el delito de drenaje, relleno, secado o eliminación de humedales y otros  en perjuicio del Medio Ambiente “la prohibición de realizar o continuar con las obras” en el lugar.

 

De acuerdo con Mora en el lugar se debe suspender de inmediato “los cultivos y siembras sin antes contar con la permisología que corresponda del Sistema Nacional de Areas de Conservación y de la Secretaría Nacional del Ambiente, instalación, relleno, construcción de cualquier tipo de edificación, lo cual incluye movimientos de tierra, y la prohibición de innovar, modificar, contratar o edificar, así mismo se prohíbe el arrendamiento de la propiedad para tales fines sin antes tener los permisos indicados”.

 

En el Expediente 19-000044-0611-PE donde figura como ofendido “Los Recursos Naturales” por los delitos de: Drenaje, Relleno, Secado o eliminación de Humedales la sentencia de primera instancia indica que los propietarios del lugar –ni tampoco terceros- podrán realizar que cambie o haga sufrir un deterioro o menoscabo del entorno.

 

La ubicación  del Humedal que el Tribunal ordenó proteger se encuentra diagonal al primer ingreso al centro de Playa Jacó en el sentido Orotina-Garabito donde se talaron gran cantidad de árboles, se realizaron actividades de cultivos agrícolas, se drenaron causes y se emprendieron otra serie de acciones.

 

Jalón de orejas 

El fallo del Tribunal surge luego de que el Ministerio Público en representación de la Fiscalía Adjunta Agrario Ambiental, empezara a investigar la invasión y deterioro de uno de los humedales ubicados ubicado en Playa Jacó, camino al lugar conocido como Vallecito Escondido.

 

Mora le ordeno a la empresa Calle Ancha Derecha Grupalti S.A. o a cualquier otra persona “iniciar y proseguir cualquier actividad comercial en la zona, sea de manera personal o por medio de interpósitas personas. En caso de que existan terceras personas cometiendo alguna de las prohibiciones establecidas deberán los encausados de inmediato comunicarlo a las autoridades del Ministerio del Ambiente y Energía y al Ministerio Público de Garabito para el trámite correspondiente ante la Fiscalía Adjunta Agraria y Ambiental”.

 

Igualmente se ordenó al Alcalde de Garabito, Tobías Murillo y a la Municipalidad abstenerse de autorizar cualquier actividad comercial en el sitio. Los predios que se ubican dentro del área del humedal estacional o intermitente se encuentran debidamente registrados en el Inventario Nacional, por lo que, de acuerdo al artículo 45 de la Ley Orgánica del Ambiente, están protegidos contra eventuales acciones que causen un deterioro irreparable.

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