Desde el año 2015, los costos asociados al traslado, cuido, pólizas de vehículos decomisados y otros rubros, los debe pagar el infractor, y no la Administración.

Como parte del proceso de actualización de ese servicio, al costo, de acarreo y custodia de vehículos decomisados, desde el primero de enero anterior, rige un pequeño aumento en el valor de estos rubros, tal como lo establece la Ley.

Así, detalló el director Jurídico del Consejo de Seguridad Vial, el Lic. Carlos Rivas, el monto por acarreo, en sus primeros 6 km, es de ¢7.870,17, es decir, 357,46 adicionales, ya que, hasta el 31 de diciembre pasado el valor estuvo fijado en ¢7.512.71.

Por kilómetro adicional, o su fracción, pasó de ¢1.252,12 a ¢1.311,69, lo que representa un incremento de ¢59,57.

Asimismo, agregó el funcionario, la custodia pasó de ¢4.279,51 a ¢5.066,29, lo que implica un aumento de ¢786,78. Este costo aplica para cada día natural en que el vehículo se encuentra bajo la vigilancia del Consejo.

A partir de estos aumentos, en particular del rubro de custodia, Rivas hace un llamado a los conductores para que, con más razón, respeten la Ley de Tránsito, ya que, si se les decomisa el vehículo tienen que pagar un poco más por cada día.

Las personas deberán sacar una cita en www.csv.go.cr para tramitar la devolución del vehículo. Por los protocolos en torno al Covid-19, no se admiten, desde abril pasado, las filas para este trámite.

Circular bajo los efectos del alcohol, tener el vehículo mal estacionado o conducir sin licencia registrada, son tres motivos que pueden implicar el decomiso del automotor, a manera de ejemplos. No es en todas las multas en las que aplica la retención del vehículo.

Rivas reiteró que este monto no es una ganancia para la institución, sino un “reembolso” que hace el infractor por los gastos en los que hizo incurrir a la Administración por su falta.

En ese sentido, agregó que existen costos asociados a estos decomisos y traslados, como el combustible de las patrullas, las pólizas que cubren por daños los vehículos retenidos, la seguridad privada en los planteles donde están retenidos los automotores, entre otras variables, que son consideradas en estos cálculos, repitió, al costo, sin afán de ganancia alguna.

Antes de empezar a regir este cobro, en el año 2015, la institución debía cubrir los gastos asociados al traslado y cuido de los vehículos, cuyos conductores o propietarios habían cometido faltas que implicaban el decomiso del automotor. En otras palabras, eran todos los costarricenses, con sus impuestos, los que pagaban el cuido del vehículo del infractor, lo que también influía en un retiro no expedito del automotor, en algunos casos.

Trámites

Para recuperar el vehículo, los propietarios deben realizar los trámites habituales, como pagar las multas involucradas con la detención del automotor, así como cualquier otra que esté pendiente.

Hasta que tengan toda la situación resuelta sobre infracciones, es que deben apersonarse a la Unidad de Impugnación del Consejo más cercana y solicitar la orden de devolución (con cita previa, la cual deben sacar en www.csv.go.cr). En ese momento es cuando se les hace el cálculo del dinero que tiene que cancelar por la grúa y por cada día de custodia, siendo que, en la actualidad, de manera excepcional por la gran cantidad de órdenes que se deben procesar, el corte se hace a la fecha en que se obtiene la cita, lo que en todo caso siempre representa un monto importante. Solo los dueños registrales o con una autorización hecha por un abogado pueden hacer el trámite.

Rivas aclaró que el cálculo de días a pagar se hace con base en el día anterior, es decir, se calcula el monto sumando los días entre el día del decomiso y el día anterior al que se están haciendo los cálculos. La persona, una vez que paga, debe retirar el vehículo de inmediato, caso contrario deberá pagar los días adicionales que deje el automotor en el lugar.

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